Dec 18, 2008


Colmados podrán vender bebidas sin restricción, desde el 22 al 1 de Enero

En una declaración escrita, la cartera indica, no obstante que los colmadones tendrán el compromiso de controlar los equipos de música para evitar ruidos que generen intranquilidad, aplicar las medidas de seguridad para evitar alteraciones del orden público y permitir el libre tránsito.

Explica que el Programa de Control de Bebidas Alcohólicas (COBA) y la Policía Nacional velarán por la aplicación de estas disposiciones, acordadas en una reunión celebrada el pasado 4 de diciembre con dueños de colmados y colmadones.

El decreto presidencial 308-06 establece que los centros de diversión sólo pueden vender bebidas alcohólicas de domingo a jueves hasta las 12:00 de la noche, y de viernes a sábado hasta las 2:00 de la madrugada, salvo algunas excepciones.

De la citada disposición quedan exceptuadas las fechas patrias, la Navidad y el Año Nuevo.

La Secretaría de Interior y Policía había autorizado la venta de bebidas alcohólicas sin restricción durante las festividades de fin de año a los centros de diversión cerrados, pero excluyó a los colmados y colmadones, cuyos propietarios calificaron la medida discriminatoria.
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